¿Deben las aseguradoras cubrir los gastos de los servicios sanitarios públicos de sus asegurados?

La Sentencia 521/2024, de 3 de julio, establece que solo en casos de urgencia vital que no pueden ser tratados de manera adecuada en un centro médico concertado con la aseguradora, los costes y gastos generados por el paciente podrán ser reclamados a la entidad aseguradora de salud.

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