El Gobierno intenta hacer más atractivos los planes de empleo de promoción pública

Miguel Ángel Valero

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 23 de octubre publica el Real Decreto 1086/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

La reforma se justifica en los compromisos asumidos por el Gobierno en eI Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros del 27 de abril de 2021, y presentado ante la Comisión Europea en el marco de la iniciativa Next Generation EU.

Los cambios más importantes son:

  • Se delimitan los planes de pensiones que deben realizar la revisión financiera actuarial y se limita la exigencia de la revisión a los planes de aportación definida que garanticen prestaciones causadas solo en el caso de los planes de pensiones de la modalidad de empleo. 
  • Se clarifica el contenido que deberá incorporar la declaración comprensiva de los principios de la política de inversión en materia de sostenibilidad
  • Se prevé que la Comisión Promotora y de Seguimiento y la Comisión de Control Especial, en el ejercicio de sus funciones, puedan solicitar asesoramiento jurídico al Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, cuando así se considere preciso, dado que éste queda adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, ámbito en el que, a su vez, se incardinan ambas comisiones. 
  • En relación con la Comisión de Control Especial, por un lado, se establece el régimen de convocatorias y se prevé que sus miembros solo tendrán derecho a la remuneración vinculada a la asistencia a las reuniones y a la remuneración adicional que corresponda a los miembros que ejerzan los cargos de presidencia, vicepresidencia y secretaría, a partir del momento en que el patrimonio conjunto de dichos fondos alcance el importe de 1.000 millones€ y mientras se mantenga dicho importe, lo que será asimismo aplicable respecto a su repercusión a los fondos de pensiones. Por otro lado, se describen las actividades que se consideran incompatibles con la condición de miembro de la Comisión de Control Especial. Además, se aclara que la información que debe publicar anualmente la Comisión de Control Especial sobre política de sostenibilidad, implicación y ejercicio de derechos políticos es la requerida en el Reglamento de planes y fondos de pensiones, así como que se prevé su publicación en el portal de internet del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  • Se establece la posibilidad de que las organizaciones sindicales o empresariales más representativas puedan percibir directamente las remuneraciones que le correspondan a un miembro de la Comisión de Control Especial propuesto por ellas, en vez de percibirlas el propio miembro, previo acuerdo entre dicha organización sindical o empresarial y el propio candidato.

La realidad es que, un año después de la puesta en marcha de la infraestructura legal de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública y gestión privada, el producto estrella de la polémica reforma realizada por el entonces ministro de Seguridad Social y ahora gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, éstos no han captado un solo euro.

Así se vincula la remuneración de los miembros de la Comisión de Control Especial a que el patrimonio conjunto de los fondos alcance el importe de 1.000 millones€ y mientras se mantenga esa cantidad. 

La Comisión de Control Especial está formada por 13 profesionales del sector, de los que cinco son elegidos por el Ministerio de Inclusión, cuatro por los sindicatos y otros cuatro por las patronales. 

Esta reforma se traduce en que los primeros planes de pensiones de empleo que lleguen a estos fondos no tendrán que costear las retribuciones de los miembros de la Comisión de Control.

El Gobierno también ha aceptado la propuesta de la patronal y elimina algunas incompatibilidades para ser miembro de la Comisión de Control Especial. Esto se hace eliminando en el Real Decreto la referencia a la aplicación del régimen de incompatibilidades y conflictos de interés de los altos cargos de la Administración General del Estado. Por lo que se permite formar parte de esta Comisión a los consejeros independientes de consejos de administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas; a los profesionales docentes o investigadores, así como a aquellos miembros de corporaciones profesionales y asociaciones empresariales no vinculadas al sector financiero, además de los miembros de organizaciones sindicales y empresariales.

El Gobierno espera así que el dinero se anime a entrar en los fondos de pensiones de empleo de promoción pública y gestión privada, aunque asume que las primeras incorporaciones vendrán de la propia Administración y de las empresas vinculadas al sector público, y no de los autónomos, microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas.

Y pasa la pelota a las cinco gestoras seleccionadas (VidaCaixa, Caser, BBVA, Ibercaja, y Santander), que tienen que reunir 2.500 millones€ en aportaciones en tres años, según establecían las condiciones del pliego de la convocatoria lanzada por Seguridad Social. Pero el cronómetro no se pone en marcha hasta que se integre el primer plan de pensiones en el fondo.

Más satisfacción con los planes de empleo simplificados

Sobre los planes de pensiones de empleo simplificados, hay más satisfacción en el Gobierno. Moderada, pero satisfacción. Por un lado, no gusta que solo la construcción se haya sumado, como sector, a ellos, aportando un millón de empleos, y se espera que algún convenio colectivo sectorial se anime a seguir por ese camino. Por otro, de los 34 planes de empleo simplificados, 33 son de autónomos, con un volumen superior a los 200 millones€. 

Pero son insistentes los estudios que demuestran el escaso conocimiento que tienen los españoles de los planes de pensiones de empleo y de los simplificados. Los últimos, el del Observatorio Caser y el Barómetro de Previsión Social Empresarial de Nationale-Nederlanden.