La UE abronca a Turquía por la falta de avances en el intercambio de datos fiscales

Miguel Ángel Valero

Las Conclusiones del Consejo sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales subrayan la importancia de promover y reforzar las normas de buena gobernanza fiscal —en particular en el ámbito de la equidad y la transparencia— y de luchar contra el fraude, la evasión y la elusión, tanto a escala de la UE como mundial. También valora la colaboración sobre cuestiones fiscales que el Grupo Código de Conducta (Fiscalidad de las Empresas) mantiene, de manera continua y productiva, con la mayoría de los países y territorios del mundo. 

Celebra los progresos realizados en los países y territorios pertinentes gracias a la adopción de medidas activas dentro de los plazos acordados, en particular en lo que se refiere al intercambio de información previa solicitud y al intercambio automático de información sobre cuentas financieras y regímenes fiscales perniciosos. Y las prometedoras iniciativas adoptadas recientemente por algunos países y territorios que llevan mucho tiempo incluidos en la lista, y los alienta a continuar sus esfuerzos de cara a futuras actualizaciones de la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. 

Pero el Consejo de la UE lamenta "que algunos países y territorios sigan sin cooperar a efectos fiscales y que una serie de países y territorios hayan incumplido los compromisos que habían asumido con el Grupo Código de Conducta, en particular en lo que respecta al intercambio automático de información sobre cuentas financieras (criterio 1.1), al intercambio de información previa solicitud (criterio 1.2), a la reforma de los regímenes fiscales perniciosos con arreglo al criterio 2.1 o al control del cumplimiento de los requisitos en materia de contenido económico con arreglo al criterio 2.2. E invita a esos países y territorios a colaborar con el Grupo Código de Conducta para resolver las cuestiones pendientes.

Específicamente, lamenta que, con un Estado miembro, Turquía no haya realizado ningún avance respecto del intercambio automático efectivo de información. Y reitera su petición a Turquía de que instaure las relaciones de intercambio automático de información que aún no ha entablado con un Estado miembro y respete plenamente los requisitos establecidos en las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de los días 22 de febrero y 5 de octubre de 2021, 24 de febrero y 4 de octubre de 2022, 14 de febrero y 17 de octubre de 2023 y 20 de febrero de 2024. Reitera que el intercambio automático efectivo de información con todos los Estados miembros es una condición que Turquía debe respetar para cumplir el criterio 1.1 de la lista de criterios de la UE. Invita al Grupo a que informe al Consejo sobre la evolución de esta cuestión y a que siga ocupándose de las cuestiones pendientes en las que no se hayan registrado avances.

También aprueba la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales que figura en el anexo I. Y refrenda la información que figura en el anexo II sobre la situación actual de los compromisos contraídos por países y territorios cooperadores de implantar normas de buena gobernanza fiscal.

Lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales 

  • 1. Samoa Americana: no realiza ningún intercambio automático de información financiera; no ha firmado ni ratificado — tampoco por medio del Estado del que depende— el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada; no se ha comprometido a aplicar las normas mínimas contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, ni se ha comprometido a resolver las mencionadas cuestiones. 
  • 2. Anguila: no cuenta con una calificación del Foro Global de al menos "conforme en gran medida" en lo que respecta a las obligaciones de intercambio de información previa petición. Anguila facilita además estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva de los requisitos en materia de contenido económico establecidos en el criterio 2.2. 
  • 3. Fiyi: no ha firmado ni ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos (empresas exportadoras, incentivo para las rentas derivadas de las tecnologías de la comunicación), y todavía no ha resuelto estas cuestiones.
  • 4. Guam: no realiza ningún intercambio automático de información financiera; no ha firmado ni ratificado —tampoco por medio del Estado del que depende— el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada; no se ha comprometido a aplicar las normas mínimas contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, ni se ha comprometido a resolver las mencionadas cuestiones. 
  • 5. Palaos: no ha firmado ni ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada, y todavía no ha resuelto esta cuestión. 
  • 6. Panamá: no cuenta con una calificación del Foro Global de al menos "conforme en gran medida" en lo que respecta a las obligaciones de intercambio de información previa petición, tiene un régimen pernicioso de exención de rentas de origen extranjero y todavía no ha resuelto estas cuestiones. 
  • 7. Federación de Rusia: tiene un régimen fiscal preferente pernicioso (sociedades de cartera internacionales) y todavía no ha resuelto esta cuestión.
  • 8. Samoa: tiene un régimen fiscal preferente pernicioso (sociedades offshore) y todavía no ha resuelto esta cuestión. 
  • 9. Trinidad y Tobago: no cuenta con una calificación del Foro Global de al menos «conforme en gran medida» en lo que respecta a las obligaciones de intercambio de información previa petición; no ha firmado ni ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada; tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos (zonas francas); no aplica la norma mínima contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios relativa a la presentación de informes país por país; y todavía no ha resuelto las mencionadas cuestiones. Por lo demás, Trinidad y Tobago se ha comprometido a atender a su debido tiempo a las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información (criterio 1.1), a fin de que, en el informe de revisión inter pares del Foro Global de otoño de 2024, se le otorgue al menos la calificación de «en vigor pero necesita mejoras» respecto de los requisitos básicos 1 y 2. 
  • 10. Islas Vírgenes de los Estados Unidos: no realizan ningún intercambio automático de información financiera; no han firmado ni ratificado —tampoco por medio del Estado del que dependen— el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE, en su versión modificada; tienen regímenes fiscales preferentes perniciosos (programa de desarrollo económico, empresas exentas, Ley Reguladora del Centro Bancario Internacional); no se han comprometido a aplicar las normas mínimas contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, ni se han comprometido a resolver las mencionadas cuestiones. 
  • 11. Vanuatu: facilita estructuras y mecanismos extraterritoriales destinados a atraer beneficios sin contenido económico real y todavía no ha resuelto esta cuestión. Vanuatu está a la espera de una revisión adicional del Foro Global relativa al intercambio de información previa petición.

Situación actual de la cooperación con la UE respecto de los compromisos asumidos 

  • Turquía: está previsto que intercambie información de manera efectiva con los veintisiete Estados miembros de conformidad con el calendario a que se refieren el apartado 6 de las Conclusiones del Consejo de 22 de febrero de 2021, el apartado 4 de las Conclusiones del Consejo de 5 de octubre de 2021, el apartado 4 de las Conclusiones del Consejo de 24 de febrero de 2022, el apartado 4 de las Conclusiones del Consejo de 4 de octubre de 2022, el apartado 7 de las Conclusiones del Consejo de 14 de febrero de 2023, el apartado 7 de las Conclusiones del Consejo de 17 de octubre de 2023 y el apartado 5 de las Conclusiones del Consejo de 26 de febrero de 2024.
  • Costa Rica y Curacao: se han comprometido a atender a su debido tiempo a las recomendaciones del Foro Global relativas al intercambio automático de información, para que, en el informe de revisión inter pares del Foro Global de otoño de 2024, se les otorgue al menos la calificación de «en vigor pero necesita mejoras» respecto de los requisitos básicos 1 y 2
  • Antigua y Barbuda, Belice, Islas Vírgenes Británicas y Seychelles: se encuentran a la espera de una revisión adicional del Foro Global
  • Esuatini (zona económica especial): se había comprometido, en el marco del Foro sobre Prácticas Fiscales Perniciosas (FPFP), a modificar o derogar a más tardar el 31 de diciembre de 2023 un régimen fiscal preferente, y está a la espera de a evaluación final del FPFP
  • Vietnam: se comprometió a aplicar la norma mínima de presentación de informes país por país y a poner en marcha relaciones de intercambio de informes país por país con todos los Estados miembros de la UE, y se le concedió hasta el 31 de diciembre de 2024 para firmar el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre el Intercambio de Informes País por País y hasta el 31 de enero de 2025 para adoptar las medidas necesarias a fin poner marcha relaciones de intercambio de tales informes con todos los Estados miembros de la UE.