El Registro de Economistas Forenses (REFOR) del Consejo General de Economistas de España presenta su Recomendación Técnica 2: “La Administración Judicial”. Defiende que una eficiente administración judicial instada a tiempo favorece que los activos en situaciones judiciales se administren de forma más eficiente, lo que puede evitar futuras insolvencias y hacer que se reduzcan los costes de oportunidad y la devaluación de activos de las empresas y personas físicas que se encuentran en situación judicial.
En la presentación han participado junto a la autora del documento, Mª Ángeles Velázquez, magistrada especialista en esta institución y colaboradora del REFOR; Lucía Zabía, secretaria general técnica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa; Rafael Abril, asesor en el área mercantil del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y, por parte del Consejo General de Economistas, su presidente, Valentín Pich, y el vicepresidente 1º del REFOR, Alejandro Latorre.
Valentín Pich recuerda que “ya el Consejo de Economistas publicó de forma pionera en 2004 la primera Recomendación Técnica sobre la Administración Judicial, pero transcurridos casi veinte años desde esa primera edición, ha creído necesario actualizar esta publicación tras los cambios y el paso del tiempo en las diversas normativas por las que se regula esta actividad profesional”. “El propósito de este documento técnico, en su primera edición y con esta actualización, ha sido poner en valor y estimular que los distintos operadores del binomio economía y justicia –profesionales de la Justicia, economistas, emprendedores, asesores, abogados y procuradores, consultores y diversos profesionales–, impulsen la administración judicial en las diferentes jurisdicciones (civil, penal, social, etc.) como vía para una gestión eficiente de los bienes patrimoniales de empresas y personas físicas implicadas en un proceso judicial”.
Alejandro Latorre subraya que desde el REFOR ya se está aumentando la formación especializada en esta área profesional de administración judicial.
El responsable del Grupo de Trabajo de Administración Judicial del REFOR y administrador judicial, Ramón Juega; el magistrado de lo Mercantil, Francisco Javier Vaquer, y el abogado, Alfonso Freire, explican que no por encontrarse una empresa bajo administración judicial está en situación de insolvencia, aunque puede terminar acabando en concurso de acreedores.
La administración judicial se insta por irregularidades de índole penal, civil, administrativo, y la administración concursal para el caso concreto de insolvencia. Además, aunque existen procesos mediáticos conocidos –es el caso de las administraciones judiciales del Atlético de Madrid, el Real Betis Balompié, el Málaga C.F, Dentix o Isolux–, la especial idiosincrasia y la singularidad de la administración judicial, y el hecho de que se utilice en causas especialmente sensibles, requiere de un deber de confidencialidad, secreto y sigilo profesional, razón por la cual tiene poca proyección pública que no se corresponde con su utilización real y el número de casos en los juzgados.
Estos expertos insisten en que es un procedimiento que no tiene aún el desarrollo que merece y que debería tener porque hay que tener en cuenta el coste de oportunidad de las empresas, unidades productivas y activos que se encuentran en situación sub iudice, razón por la cual los profesionales administradores judiciales llevan a cabo un papel fundamental en la garantía del mantenimiento del valor del patrimonio económico y de los activos, empresas y sociedades, aportando seguridad económica y mercantil.
Para la autora, Mª Ángeles Velázquez, "resulta de especial interés la inclusión de nuevos contenidos como los referidos a las criptomonedas, la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), así como los nuevos retos ante la administración transfronteriza, dado que, al encontrarnos en una economía globalizada, las cuestiones internacionales deben ser tenidas en consideración creciente”.