Miguel Ángel Valero
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 27 de marzo publica la Decisión (UE) 2025/507 del Banco Central Europeo (BCE) de 7 de marzo de 2025 sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2024.
El BCE expedirá anualmente, en los seis meses contados desde el comienzo del período de la tasa siguiente, un aviso de tasa dirigido a cada deudor de la tasa. Para calcular las tasas anuales de supervisión exigibles a las entidades supervisadas significativas y los grupos supervisados significativos, así como a las entidades supervisadas menos significativas y los grupos supervisados menos significativos, los gastos anuales deben dividirse sobre la base de su asignación a las unidades pertinentes que llevan a cabo la supervisión directa de las entidades supervisadas significativas y los grupos supervisados significativos, y la supervisión indirecta de las entidades supervisadas menos significativas y los grupos menos significativos.
Al determinar los gastos anuales de supervisión debe tenerse en cuenta también todo importe no cobrable de períodos de la tasa previos, todo pago de intereses recibido, y todo importe recibido o reembolsado.
En los cuatro meses siguientes al final de cada período de la tasa, el importe total de las tasas anuales de supervisión de cada categoría de entidades y grupos supervisados para ese período de la tasa se publicará en la dirección del BCE en internet.
El importe total de las tasas anuales de supervisión para 2024 será de 680 564 120€, según el cálculo que se expone en el anexo 2 (véase el cuadro). Cada categoría de entidades y grupos supervisados pagará el siguiente importe total de tasas anuales de supervisión:
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Esta Decisión entrará en vigor el quinto día siguiente al de su publicación en el DOUE.