El Banco de España ha decidido1 dar reciprocidad a una medida macroprudencial adoptada por el Banco de Portugal con efecto a partir del 1 de octubre de 2024. Como consecuencia, tres grupos bancarios españoles (Santander, CaixaBank y Bankinter) deberán cumplir con un requerimiento de colchón de capital contra riesgos sistémicos por exposiciones en el sector inmobiliario residencial portugués.
El marco de reciprocidad voluntaria de la Unión Europea (UE), previsto en la Directiva 2013/36/UE (conocida como CRD, por sus siglas en inglés) y desarrollado en la Recomendación 2015/2 de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), sobre la determinación de los efectos transfronterizos y la reciprocidad voluntaria de las medidas de política macroprudencial, tiene el objetivo general de reforzar la efectividad de las medidas macroprudenciales nacionales, minimizar las posibilidades de arbitraje regulatorio por parte de las entidades y asegurar que un determinado riesgo tenga un tratamiento equivalente, con independencia del Estado miembro al que pertenezcan las entidades afectadas, de modo que se fortalezca la resiliencia del sistema financiero de la UE en su conjunto.
En este contexto, el Banco de Portugal ha adoptado un colchón contra riesgos sistémicos sectorial del 4% sobre las exposiciones minoristas a personas físicas garantizadas por bienes inmuebles residenciales situados en Portugal a las que las entidades bancarias apliquen el método basado en calificaciones internas para el cálculo de sus requerimientos regulatorios de fondos propios por riesgo de crédito. Este colchón tiene una finalidad preventiva –hacer frente a la acumulación de riesgo en el sector inmobiliario en ese país– y está previsto que entre en vigor el 1 de octubre de 2024 y sea revisado, al menos, cada dos años.
La medida fue notificada en 2023 por el Banco de Portugal a la JERS, la cual emitió la Recomendación JERS/2023/11, en la que expresa su valoración favorable. El Banco de Portugal solicitó también a la JERS que recomendara la reciprocidad de la medida dentro de la UE. En respuesta, la JERS emitió la Recomendación JERS/2023/13, invitando a las autoridades pertinentes de otros Estados miembros a la adopción de medidas recíprocas, al mayor nivel de consolidación de las entidades, desde el 1 de octubre de 2024. Como orientación para las autoridades, la recomendación establece un umbral de materialidad -a nivel de entidad- de 1.000 millones€, de modo que las entidades cuyas exposiciones relevantes consolidadas a Portugal sean inferiores a ese importe puedan ser eximidas de la aplicación de la medida.
El Banco de España estudia de manera individualizada cada una de las peticiones de reciprocidad de medidas macroprudenciales adoptadas por las autoridades de otros Estados miembros que afecten al sector bancario y que hayan sido refrendadas por la JERS. En todos los casos analizados hasta la fecha, el Banco de España había constatado que el volumen de las exposiciones de las entidades bancarias españolas a los países que solicitaban reciprocidad se situaba en niveles inferiores a los umbrales de materialidad prefijados en las correspondientes recomendaciones. Además, no se habían apreciado otras razones que aconsejasen adoptar medidas macroprudenciales recíprocas, por lo que el Banco de España no había dado reciprocidad a ninguna petición hasta la fecha.
En el caso de la medida adoptada en Portugal, el Banco de España, como autoridad designada para adoptar medidas de requerimientos de colchones macroprudenciales de capital, teniendo en consideración la materialidad de las exposiciones de las entidades españolas al mercado inmobiliario residencial portugués, así como las razones que aconsejan contribuir a la efectividad de la medida en Portugal, considera pertinente atender la recomendación de la JERS.
En consecuencia, ha decidido exigir a los tres grupos un colchón contra riesgos sistémicos sectorial del 4 % sobre las exposiciones minoristas a personas físicas garantizadas por bienes inmuebles residenciales situados en Portugal a las que esas entidades apliquen el método basado en calificaciones internas para el cálculo de sus requerimientos regulatorios de fondos propios por riesgo de crédito. El colchón será aplicable desde el 1 de octubre de 2024.
El análisis realizado por el Banco de España ha permitido constatar que las entidades afectadas por la medida disponen de fondos propios por encima de sus requerimientos regulatorios -con los que hacer frente al nuevo colchón-, por lo que no se espera que su actividad en España se vea afectada.