El Tribunal de la UE desestima el recurso de Aeris por la resolución del Banco Popular

Miguel Ángel Valero

La Sala Primera del Tribunal de la Unión Europea desestima el recurso presentado por Aeris Invest por la resolución del Banco Popular, en un caso que implicaba también a la Comisión Europea, Junta Única de Resolución (JUR), Reino de España, Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea, y Banco Santander (que recibió la adjudicación del Popular por un euro tras ser intervenido por la JUR).

Como publica el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 17 de febrero, el Tribunal desestima el recurso. Condena a Aeris Invest a cargar, además de con sus propias costas, con las que hayan incurrido la Comisión Europea, la JUR, y el Banco Santander. El Reino de España, el Parlamento Europeo, y el Consejo de la UE cargarán con sus propias costas.

Petición de decisión prejudicial sobre la amnistía

Por otra parte, el DOUE publica la petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el 10 de septiembre de 2024 en un caso que implica, como partes acusadoras, al Ministerio Fiscal, Administración General del Estado, y al partido de ultraderecha VOX.

Las cuestiones prejudiciales planteadas en esa petición son:

  • ¿Si la norma de un Estado miembro de la UE, como la L.O. española 1/2024, que, al amnistiar una serie de delitos de malversación de fondos públicos nacionales, desprotege los intereses financieros propios de dicho Estado miembro, pone necesariamente en riesgo también los intereses financieros de la UE conforme al art. 325 del TFUE y, por tanto, es contraria al art. 4.3 de la Directiva 2017/1371?
  • ¿Puede considerarse que perjudica a los intereses financieros de la Unión Europea, en el sentido del art. 2.1 de la Directiva 2017/1371, el desvío de fondos públicos propios del presupuesto de una Comunidad Autónoma de un Estado miembro, en el intento, declarado ilícito, de alcanzar la independencia de esa Comunidad y la secesión del Estado del que forma parte, dado el alto nivel de riesgo al que, en el caso concreto, fue expuesta la integridad territorial de la Unión Europea y consecuentemente también de sus presupuestos anuales?
  • De considerarse que no se perjudica a los intereses financieros de la Unión Europea con el desvío de fondos públicos autonómicos para destinarlos a lograr la secesión de una parte del territorio de un Estado. ¿Es compatible con el art. 325 del TFUE, en cuanto que obliga a los Estados a adoptar medidas disuasorias efectivas y capaces de ofrecer una protección eficaz para combatir el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, una ley de amnistía como la L.O. 1/2024, que elimina toda responsabilidad de quienes han tenido encomendada la gestión de fondos públicos y los destinan a actividades declaradas ilícitas, dado el contexto y las circunstancias en que fue aprobada, por la generación de un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares a los que fue aprobada la L.O. 1/2024?