La CNMV multa con 10 millones€ al Deutsche Bank por mal asesoramiento a clientes

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 10 de febrero publica la Resolución de 29 de enero de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por la que se publican las sanciones por infracciones muy grave y grave impuestas respectivamente a Alfonso Ortín Castellano y a María Dolores Carrascal Peña. Los afectados han renunciado a la interposición de recursos en vía administrativa.

Las sanciones fueron impuestas mediante Resolución del Consejo de la CNMV el 17 de diciembre de 2024, que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:

  • 1. Imponer a Alfonso Ortín Castellano, por la comisión de una infracción muy grave, por la comunicación ilícita a María Dolores Carrascal Peña de información privilegiada relativa al anuncio por parte de Pharma Mar, SA, de la aprobación final del fármaco lurbinectedina en EE. UU., hecho público el 15 de junio de 2020, multa por importe de 70.000€.
  • Imponer a María Dolores Carrascal Peña, por la comisión de una infracción grave por la adquisición, el día 9 de junio de 2020, de 2.538 acciones de Pharma Mar, SA, estando en posesión de información privilegiada recibida de Alfonso Ortín Castellano, relativa al anuncio por parte de Pharma Mar, SA, de la aprobación final del fármaco lurbinectedina en EE. UU., hecho público el 15 de junio de 2020, y obteniendo un beneficio económico con la venta de dichas acciones el día 16 de junio de 2020, multa por importe de 20.000€.

El BOE también publica la Resolución de 29 de enero de 2025, de la CNMV, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Deutsche Bank, que son firmes en vía administrativa. Estas sanciones fueron impuestas mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 30 de octubre de 2024 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo: 

  • 1. Imponer a Deutsche Bank, SAE, por la comisión de una infracción muy grave por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de servicios de inversión, y en la evaluación de la conveniencia e idoneidad de los instrumentos financieros en el servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles, relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas, de mayor complejidad y riesgo –en particular los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF-, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021, las siguientes sanciones:

    • Multa por importe de 5 millones€

    • Suspensión de la actividad de asesoramiento en materia de inversión sobre productos derivados OTC complejos que incorporen estructuras sobre divisas que incluyan la venta de opciones por parte del cliente a Deutsche Bank, SAE, tanto los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF, como aquellos otros de análoga naturaleza y funcionamiento, emitidos por la propia Entidad o por terceros, por un plazo de un año. 

  • 2. Imponer a Deutsche Bank, SAE, por la comisión de una infracción muy grave por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia y de actuación en el mejor interés de sus clientes, en el servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles, relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas, de mayor complejidad y riesgo –en particular los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF–, en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 31 de marzo de 2021, una sanción de multa por importe de 5 millones€.